Desde ‘tureforma’ nos hacemos eco de esta noticia acerca de qué subvenciones suelen darse desde las Comunidades Autónomas para llevar a cabo la rehabilitación de edificios de uso residencial. En este sentido, antes que nada es importante destacar que no todas las Comunidades Autónomas dan subvenciones por rehabilitación de edificios e incremento de la eficiencia energética de ésta.

Así pues, para poder acceder a las subvenciones, el conjunto de las actuaciones para el fomento de la calidad y sostenibilidad del edificio, debe incluir una o varias de las actuaciones previstas más abajo de manera que se consiga una reducción de al menos un 30% de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del edificio, referida a la certificación energética.a) La mejora de la envolvente térmica del edificio, para reducir la demanda energética de calefacción y refrigeración, mediante actuaciones de mejora de su aislamiento térmico, la sustitución de carpinterías y acristalamientos de los huecos, u otras, incluida la instalación de dispositivos bioclimáticos. En todo caso, se deberá cumplir, como mínimo, el documento básico DB-HE1 del Código técnico de la edificación, aprobado por el Real decreto 314/2006, de 17 de marzo.

b) La instalación de sistemas de calefacción, refrigeración, producción de agua caliente sanitaria y ventilación para el acondicionamiento térmico o el incremento de la eficiencia energética de los elementos existentes, mediante actuaciones como:
– La sustitución de equipos de producción de calor o frío.
– La instalación de sistemas de control, regulación y gestión energética, contadores y repartidores de costes energéticos para instalaciones centralizadas de calefacción.
– El aislamiento térmico de las redes de distribución y transporte o la sustitución de los equipos de movimiento de los fluidos caloportadores.
– La instalación de dispositivos de recuperación de energías residuales.
– La implantación de sistemas de enfriamiento gratuito por aire exterior y de recuperación de calor del aire de renovación, que mejoren los sistemas existentes.

c) La instalación de equipos de generación o de equipos que permitan la utilización de energías renovables como la energía solar, biomasa o geotermia, que reduzcan el consumo de energía convencional térmica o eléctrica del edificio. Se debe incluir la instalación de cualquier tecnología, sistema o equipo de energía renovable, como paneles solares térmicos, con el fin de contribuir a la producción de agua caliente sanitaria de demanda de las viviendas, o la producción de agua caliente para las instalaciones de climatización.

d) La mejora de la eficiencia energética de las instalaciones comunes de ascensores e iluminación del edificio o de los espacios privativos comunitarios, mediante actuaciones como la sustitución de lámparas y luminarias por otras de mayor rendimiento energético, generalizando la iluminación LED, las instalaciones de los sistemas de control de encendido y de regulación del nivel de iluminación y el aprovechamiento de la luz natural.

fuente: suelosolar.es

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